martes, 30 de julio de 2013

Accidente tren de Santiago

El mundo tiene que despertarse y darse cuenta que ... si las maquinas han evoluciònado de un modo que podia haber parecido increible unos 20-30 años atras, las capacidades fisicas humanas se quedaron tal como deben quedarse: humanas.
Pero, escapando el componente politico de cada sociedad, las cosas del control, dejaron espacio a ... el concepto "empleador" estirar la piel de cada empleado hasta conseguir dos empleados por cada persona de existencia real, empleada.
En vez de repartirse el peso de este "paso" que denominamos ... trabajo, a cuanto mas ... deseadores, se obliga a uno portar el peso para dos. Por la sobrecarga laboral aparecen tragedias como estas que ocurrireron en el tiempo recien pasado. Voy a poner aqui unos 2 - 3 ejemplos:

(Buenos Aires, 7 de marzo de 2012)
El ministro argentino de Transporte dimite después de la tragedia ferroviaria
(Murieron 51 personas y 500 resultaron heridas

Tragedia en Italia: al menos 36 muertos tras caer un ómnibus desde un puente.

Accidente de tren en Santiago

Bueno. A ver como pasan las cosas con este accidente por que me parece que tiene muchos similitudines con lo que ocure desde hace tiempo en mi propio dominio de trabajo, el transporte por carretera.
De momento, algunas cosas encontradas publicadas por la prensa:

.....el maquinista que dio el relevo a Francisco José G.A. "no notó que fuera a una velocidad excesiva" y, sobre las causas del descarrilamiento, testificó que no se explica "cómo pudo pasar". Asimismo, ha afirmado que el convoy no tenía "ninguna anomalía", salvo una relativa al aire acondicionado que se solucionó en Ourense.

La declaración de este maquinista, que desde Ourense prosiguió el viaje como pasajero en el tren, aclara que no reciben "ningún incentivo si cumplen el horario ni sanción si se retrasan" y que tienen prohibido hacer uso de ningún dispositivo que suponga distracción, aunque sí pueden emplear el teléfono corporativo por motivos de servicio y por tiempo imprescindible.

....La Policía también requiere su expediente completo de los cursos de capacitación y actualización que ha realizado, así como información del momento en que comenzó su jornada laboral y tiempo efectivo que estuvo conduciendo el día 24 de julio.

 .... En ese momento la persona con la que hablaba "parece ser un controlador", según han concluido los técnicos y la comisión judicial que presencia la apertura de las cajas negras y la transcripción de las conversaciones que se recogen en las mismas.

Francisco José Garzón había conducido cuatro horas y media con largos descansos intermedios

El maquinista del Alvia a Ferrol había cubierto tres trayectos desde poco antes del mediodía, cuando partió de A Coruña con un tren de pasajeros rumbo a Pontevedra. En total, había conducido cuatro horas y media cuando descarriló en Angrois, con prolongados descansos intermedios en unas salas habilitadas en las estaciones “con televisión, microondas y bastantes comodidades”, describe un compañero de A Coruña que trabaja en las mismas rutas.

Según el reparto de turnos del 24 de julio, Francisco José Garzón comenzó su jornada a las 11:55 a los mandos de un diésel de media distancia R-599 construido por CAF, que alcanza los 160 kilómetros por hora. Llegó a Pontevedra cerca de la una y media de la tarde y aguardó una hora, superando el tiempo de 45 minutos que según el propio convenio de Renfe es obligatorio que dure un descanso. Poco después de las dos y media salió de Pontevedra conduciendo un Alvia híbrido de Talgo como el siniestrado cuyo destino final era Madrid y que él llevó hasta Ourense vía Vigo. Llegó a Ourense en torno a las cuatro y media de la tarde y allí descansó más de tres horas antes de tomar, a las ocho de la tarde, el mando del Alvia 730 Madrid-Ferrol que 40 minutos después se estrelló en Angrois, al entrar en Santiago.


.......“Nos sentimos muy presionados. Cuando vamos a trabajar, se nos caen a todos las lágrimas”, comenta",....

 ....."¡Cuántas veces, en la cabina, hemos meado en una botella de agua mineral!”.


 ........(incluida Renfe que podría ser considerada responsable civil subsidiaria)....


 ......Todas esas acusaciones más o menos veladas se apoyaban en la llamada que el maquinista, natural de Monforte de Lemos, hizo al servicio de incidencias 24 horas de Renfe, segundos después del choque y cuando aún no sabía de la existencia de víctimas. En esa conversación telefónica, el conductor aseguró que entró a 190 kilómetros por hora en esa curva complicada, cuando faltaban cuatro kilómetros para parar en la estación del centro de Santiago. El contenido íntegro de la grabación, que desde el mismo miércoles está ya sobre la mesa del juez, no ha trascendido. Pero sí, los lamentos y buenos deseos del conductor tras estrellarse: “Somos humanos, somos humanos”, “pobres viajeros” y “espero que no haya muertos porque caerán sobre mi conciencia”.

....Las meras preguntas sobre si basta el error de una persona para generar una catástrofe como la de Angrois o si falló algún sistema de seguridad lo han interpretado la Xunta y el Gobierno como un debate interesado para desprestigiar la red de AVE española, una de las principales apuestas para internacionalizar la economía con contratos en Brasil, Rusia, Estados Unidos y Kazajistán.


 Javier Illanes Álvarez, de 47 años, fue el maquinista de Renfe que el pasado día 24 condujo el tren Alvia desde Medina del Campo (Valladolid) hasta Ourense. En esta última ciudad dio el relevo a su compañero Francisco José Garzón, que llevó el convoy hasta Santiago de Compostela. Illanes declaró ante la policía que él hace habitualmente este último recorrido y que suele reducir la velocidad cuatro kilómetros antes de llegar al punto donde se produjo la catástrofe.

Illanes podía ser un testigo clave. Por eso la policía fue en su busca 24 horas después del accidente. No estaba en su casa de Betanzos. Su madre aseguró que ignoraba dónde estaba y que lo único que sabía es que se hallaba muy afectado psicológicamente.

Finalmente, Ilanes compareció a las dos de la tarde del pasado 28 de julio. Empezó relatando que el 24 de julio empezó su jornada laboral a las cuatro de la tarde en Medina del Campo poniéndose a los mandos del Alvia, que procedía de Madrid. “Al llegar a Ourense, el convoy se separa en dos partes: una es conducido por otro maquinista hasta Pontevedra, y la otra es pilotada por Francisco José Garzón hasta Ferrol. Permanecí con Garzón en la cabina hasta que se produjo el desenganche y se comprobó que todo estaba bien”.

Al salir de Ourense, Illanes y Garzón lo hicieron juntos en la cabina del tren, hasta que en el cuadro de mandos apareció de repente un mensaje que indicaba que había que resetear el convertidor de aire acondicionado. “Abandoné la cabina y me fui a solucionar la avería y ya no volví a tener más contacto personal con Garzón”, explicó Illanes.

Poco después, Illanes manipuló el aparató y conversó por teléfono con el maquinista Garzón, quien le confirmó que la luz de alerta ya se había había apagado. Por eso, después se fue a la cafetería del convoy. Al darse cuenta de que estaban llegando a Santiago, regresó al lugar donde había reparado la avería y advirtió que de nuevo había saltado el interruptor. En ese preciso instante se produjo el descarrilamiento.



 11:55 A Coruña - Pontevedra (por carretera) =  133 km, 1 hora 18 minutos     - Garzòn (13:30 en Pontevedra donde aguardo 1 hora superando las 45 min de pausa)

Talgo - Ourense (via Vigo) 748 km, 6 horas 45 minutos 


14:30 Pontevedra - Ourense (via Vigo) -  171 km, 1 hora 51 minutos  - Garzòn (16:30 Ourense donde... descansó más de tres horas - “con televisión, microondas y bastantes comodidades”, - antes de tomar, a las ocho de la tarde, el mando del Alvia 730 Madrid-Ferrol que 40 minutos después se estrelló en Angrois

Medina del Campo -  Ourense (por carretera) =  343 km, 3 horas 5 minutos  - Illanes
20:00 Ourense - Santiago de Compostella  (por carretera) =  109 km, 1 hora 7 minutos - Garzòn


Por momento lo dejo aqui pero, por la tarde, continuare ...



















 

 















domingo, 21 de julio de 2013

Justicia. Paradoja de la serpiente

El serpiente que se muerde la cola
El empleador de la ... "empresa de transporte" ha marchado por provocar una avalancha (un "efecto domino"), de faltas de respeto a las leyes de trabajo en vigor (la legislaciòn del tacografo es un reglamento de trabajo) por parte de los trabajadores, casi atascando los tribunales de la social.
Por parte de el trabajador, como personaje. Aunque esta robo ... no es ... robo. Nadie (fuera de el propio empleador) puede condenar a un tornero por sus errores en su trabajo, o a un albañil en el suyo. Igual pasa y con el "chofer profesiònal asalariado". El empleador ha apostado por la carta que la Sociedad se va quedar mareada entre el concepto "persona" y "personaje" y ... ha ganado. 
Los de a Social tienen trabajo ... de sobra y ... ¿dan las gracias a quien?
A los que, provocando la avalancha le estan ofreciendo ...  un buen frente de trabajo, a largo plazo.
Los verdes, los abogados laborales, todo tipo de birocratas viven una ... burbuja mejor que la inmobiliaria y ... por que razon los de a Social se van a cortar ellos mismo el grifo?

Quien se pone a trabajar "en detalle" cuando se puede "al por mayor"? No es mucho mas facil asesorar una, dos, tres empresas que asesorar unos cientos (o, puede ser, ... miles) de ... personajes?

Desde hace años por donde miras las asesorias juridicas hacen publicidad no como pueden asesorar a unos para saltar por arriba de el liston sino por debajo, dando nacimiento a una competicion inversamente proporcional a la competicion de salto de altura.

¿Si no tengo yo razon, por que existen cosas como estas: registros (reales) de tacografo (tan  reales como la realidad misma)? 


martes, 16 de julio de 2013

¿No es verdad que "la verdad siempre sale a la luz"?

Aunque (a mi) me esta claro (me lo ha certificado la Vida) que veo las cosas (comparando con los demas) con bastante (o incluso... demasiado) anticipo, esto no me viene a favor sino me esta desfavoreciendo.
O, como dice la antigua oraciòn: Los ultimos seran los primeros" (¿o, "los primeros seran los ultimos"? ).

Si te sales del rebaño (da igual que en adelante o, que ... en atras), da igual que por motivaciòn intrinseca o por motivaciòn extrinseca, eres el que mas pierdes.
Aunque me esta ... mas claro que el agua que "nadar en contra de el corriente es el menos productivo", aunque entre el corriente del agua y la "marea humana" entiendo perfectamente la analogia (y nunca me pro-pongo a nadar en contra de el corriente de agua), cuando se trata de la marea humana, si conozco el camino, nunca tengo tanta cobardia que no intento señalar el buen camino, aunque lo se por antemano que ... la manada de "elefantes" van a pisarme (sin intrinseca motivaciòn) debido a la fuerza de inercia que ... la misma inercia le dan fuerza  .....

Hoy ha sido (para mi) un dia muy especial (de mucha tristeza). Otros colegas mios (es impropio decir "compañeros" en un dominio donde el principio del uno es mucho mas en su casa que en las papillonileanas celdas) han sido despedidos.
El Papillon (el ... cuento) es uno de los mas concludentes retratos de el "trabajador movil" de hoy.
Perdona la molestia. Articulo en obra.



sábado, 13 de julio de 2013

"Impotencia profesional (juridica)" provocada por "confusion de terminos"

El problema no es facil de explicar  por que ... si seria facil no estaria problema. Es un problema provocada por la superposiciòn, de terminos, de condiciònes, de situaciònes.

Cada individuo (incluso el humano), por unas leyes naturales debe de "ganarse la vida". Esta cosa se puede conseguir de muchos modos pero la mas pacifica de las formas (como conclusiòn a miles y miles de años de experiencias ... experimentadas por el ser humano), la mas humana (y por ende, humanizanta) forma, la denominamos comunamente, "trabajo".

Son infinitas (personalizadas) las modalidades de "ganarse el individuo la vida" pero la podemos clasificar por principio en dos partes: personas autonomas y personas no-autonomas.
La categoria de personas "no autonomas" esta formada a su vez por dos partes: personas empleadoras y personas empleadas.

La acciòn de "ganarse el individuo la vida" puede entenderse mejor por analogia con la acciòn de "cazar" (y este concepto se divide a su vez en "acciòn legal" y/o "acciòn ilegal" de cazar)).

Partiendo (mental) la "vida humana" en dos areas (tal com esta ya partida) sabemos que disponemos de dos areas juridicas: "area civil" y "(sub) area laboral" (he dicho "sub-area" por que esta area esta incluida en la "area civil" y no en la belica, militar).

He concebido esta imagen, enmarcando con azul la area jurisdicciònada por el "Derecho civil" y con rojo la area concedida de el "Derecho civil" (como un "coto de caza"o, de pesca) a el "Derecho laboral" (la denominamos "un mundo en otro mundo")
La persona autonoma no necesita cambiarse de la "area civil" y entrar en este "coto de caza" pero para la persona "no autonoma" es imprescindible este cambio.

Pasando de una area a otra, la persona se esta cambiando el estatuto juridico. Por el (principal) motivo que hablamos de "personas juridicas".

Pues, si para la area civil el concepto "persona" podemos representarla (a-genica) como en
esta imagen y podemos denominarla como "individuo normal" a el que pasa la frontera
entrando en la area concedida a el derecho laboral es bien (y para comprender tu como lector lo que yo quiero transmitir) representar esta persona como siendo una persona "bicefalica", como una "persona artificial siamesizata"

"Policefalia es la condición de poseer más de una cabeza. El término se deriva de las palabras poly que significa 'muchas' y de kephal que significa "cabeza" y abarca otros términos como bicefalia y dicefalia (ambos que refieren a poseer dos cabezas). Una variación de este caso es un animal nacido con dos caras en una sola cabeza, una condición conocida como diprosopia. En términos médicos éstos son todos enfermedades congénitas cefálicos.
Hay muchas ocurrencias de animales con múltiples cabezas, tanto en la vida real así como en la mitología. En la armería y vexilología, el águila bicéfala es un símbolo común, aunque no se sabe si tal animal alguna vez pudo haber existido.
Los animales bicéfalos o tricéfalos son, en conjunto, el único tipo de criaturas con múltiples cabezas vistas en el mundo real y son formados por el mismo proceso que gemelos siameses: todos ellos son el resultado de la unión secundaria de dos discos embrionarios monocigóticos originalmente separados. Un ejemplo extremo de esto, es la condición del craniopagus parasiticus, por el que un cuerpo completamente desarrollado tenga una cabeza gemela parásita unida en el cráneo". (Policefalia - Wikipedia)

Un grado (de larga aceptaciòn) normal de "siamezisaciòn" (invento yo un termino ahora) nos podemos representar mejor teniendo en cuenta la situacìòn en que se encontraron el Chang y Eng Bunker
Pues, esta es la imagen creada por el juridico para la "persona juridica" relaciònada tanto con la "area civil" como con la "area laboral".
El "grado de siamezisaciòn" es en este caso bastante bajo, soportable, extendido en la cultura de la civilizaciòn humana como "normal".
Tal como podemos leer en la biografia de Chang y Eng la conciliaciòn entre estas "dos personas de existencia real" ha funciònado. Y en nuestra actual realidad algo parecido funciona y en lo que se trata de esta "persona de existencia ideal" que es la "persona juridica, sujeto bicefalico "civilo-laboral".

Si admitimos un juego y consideramos a el "Chang" como "sujeto civil" (persona juridica con capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones en la "area civil") y a el Eng como "sujeto laboral" (persona juridica con capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciònes en la "area laboral") nos viene mas facil de entender (pienso yo) que si imposibilitamos a cualquiera de los dos ejercer sus "derechos y obligaciònes", imposibilitamos y a el otro.
Si un empleador tiene contrato de trabajo con Eng (digamos como ... tornero), si el empleador bloquea de alguna forma (atandolo del torno), en el mismo tiempo que impide la salida de su "contratado" de la area laboral, impide la entrada de el Chang (aunque con Chang no tiene ninguna relaciòn) en la area civil, imposibilitandolo a administrarse su propia vida.

Bueno, desde aqui pasamos a el "mundillo tacografero", a el "mundillo" del "transporte por carretera".
En este caso se ha creado "un mundo en un mundo en otro mundo". 
Por esta diferencia entre "un mundo en otro mundo" y "un mundo en un mundo en otro mundo" ha debido poner mano la obra los mejores "profesionales politicos" del continente europeo y preparar el futuro europeo. Pero ... siempre, de una vez con el "pro" existire y el "contra".

El transporte es una de las primeras políticas comunes de la Unión Europea (UE). Se encuentra regulada por el Título VI (artículos 90 a 100 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea). Desde la entrada en vigor del Tratado de Roma en 1958, esta política se ha centrado en la eliminación de los obstáculos en las fronteras entre los Estados miembros y, de este modo, ha contribuido a la libre circulación de personas y bienes. Sus grandes ejes pretenden completar el mercado interior, garantizar el desarrollo sostenible, desarrollar las grandes redes en Europa, dominar el espacio, reforzar la seguridad y desarrollar la cooperación internacional. El mercado único ha supuesto un giro decisivo en la política común de transportes. Desde el Libro Blanco de 2001 (revisado en 2006), esta política se ha orientado hacia el desarrollo armonizado y coherente de los distintos medios de transporte, sobretodo mediante la comodalidad, es decir, la utilización de cada uno de los medios de transporte (terrestre, marítimo o aéreo) de la forma más eficiente (Sintesis de la legislaciòn de la UE. Transportes)
 
Pues, siendo (el transporte) el pionero de las estas "primeras politicas comunes" puede explicar, a los que tienen menos capacidad de profundizar las cosas, por que las cosas en este dominio andan como un niño que tiene 1 año y dos-tres meses de edad. Las cosas se van a arreglar con el tiempo pero, hasta entonces pagamos factura los que menos culpa tenemos; las cobayas de este nuevo (tan necesario y bienvenido) experimento, los mas incapsulados seres entre los seres (no solo) humanos.


Para comprenderse con mas facilidad este ... dilema, nos ayudamos la mente con un caso donde el grado de siamezidad es tan alto que es muy lejos de lo que se puede admitir como "normal y corriente", el caso de las "gemelas" Abigail y Brittany Hensel (personas de "existencia real" para cual manifiesto toda mi simpatia).

Abigail y Brittany poseen órganos individuales en la parte superior de su cuerpo mientras que comparten la mayoría de los órganos que se encuentran a nivel del ombligo o por debajo de éste, una excepción es la columna vertebral.
Segun se ve, los organos compartidos son, numericamente, mas grande que en el caso de Chang y Eng.
Esta situaciòn (de hecho) nos puede ayudar a entender mejor la situacìòn juridica de el "chofer profesiònal". Pensando en terminos quirurgicos nos imaginar que si tenemos que operar estos dos casos no tenemos delante una y la misma cosa (aunque es parecido).
La situaciòn de los "gemelos" Chang y Eng esta simetrica (en nuestra discusiòn) con el concepto "empresa" mientras en la situaciòn de Abigail y Brittany vemos las simetria con el concepto "empresa de transporte".
Si admitimos otra vez el juego y consideramos en este caso a Abigail como "sujeto civil" y a Brittany como "sujeto laboral" (de este unico organismo), esta otra vez claro que si el empleador que tiene "contrato individual de trabajo" con Brittany no le esta librando al final del turno en el punto geografico de la circunscripciòn territorial donde tiene "domicilio legal" entonce Abigail esta imposibilitada administrarse su propia vida (sin tener nada relacionado con aquel empleador).

Pues yo mismo he sufrido años enteros esta (invisible) violaciòn. Cuando (en mi caso) el empleador ha sido obligado (por la circunstancias) dejar de sus garras a Brittany, Abigail estaba ya en situaciòn de "muerte civil de hecho", viviendo solo "de forma" (en las evidencias de la "agencia tributaria").
Tal como hemos visto en el caso de Chang y Eng la muerte de uno trae la muerte y para el otro. Pues si en sus casos se trata de "muerte natural" en mi caso se trata de "crimen".

He hablado con monton de laboralistas, tanto por medio real como por el virtual y no he encontrado ninguno capaz de hacer distinciòn entre el concepto "empresa" y  el concepto "empresa de transporte" (aunque esta distinciòn no lo he hecho yo sino la UE por la Directiva 2002/15 CE), tratando a los dos conceptos con un unico medicamento (Derecho laboral) aunque son pacientes que padecen enfermedades diferentes.

Si algun jurista comprendara el hilo seguramente que lo puede explicar mejor que yo. Detras de mis palabras tengo pruebas concludentes. Si algun jurista quiere aprofundar el tema le pongo toda mi "bibliografia" a dispoziciòn. De momento estoy resuscitando datos (como reconstituyendo un dinosaurio) para hacer un videoclip sobre la tema. Va con dificultad y por que mi "tecnologia" es ...una mierda y por que no soy profesional sino un... neòfito.  

viernes, 12 de julio de 2013

Verba volant, tarjeta memorizant

"Verba volant, tarjeta (del tacografo) memorizant"

Encontro esta oraciòn en un post publicado por un compañero de mi profesiòn y he mirado varias veces para enterarme si no son mis mismisimas palabras (siendo el post desde 2011) por el tanto que se confunden.

Este post lo he encontrado en el "Alquiler de vehiculos con conductor" en el  blog "Tacograferos".
Lo he leido decenas veces y aun no tengo constancia si es mi post o solamente es otra persona que habla con mis palabras. La duda me viene por que no recuerdo si habia inventado yo estas palabras ("verba volant, tarjeta memorizant") y de aquel que me parece mucho mejor utilisado el español de .... como lo maltrato (sin querer) yo.
De toda forma, da igual quien le han dicho, ha dicho el mayor verdad de este dominio de trabajo.
Sabiendo yo que ... "verba volant" he hecho mas que puede imaginar uno situado en la misma situaciòn (el que no esta situado en la misma situaciòn ni puede imaginarse) para anclar cuanto mas palabras en esta realidad que denominamos "nuestra" y dejarle caer, una vez cumplida su mision, en el abismo desde donde han venido.

El transporte es una de las primeras políticas comunes de la Unión Europea (UE). Se encuentra regulada por el Título VI (artículos 90 a 100 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea). Desde la entrada en vigor del Tratado de Roma en 1958, esta política se ha centrado en la eliminación de los obstáculos en las fronteras entre los Estados miembros y, de este modo, ha contribuido a la libre circulación de personas y bienes. Sus grandes ejes pretenden completar el mercado interior, garantizar el desarrollo sostenible, desarrollar las grandes redes en Europa, dominar el espacio, reforzar la seguridad y desarrollar la cooperación internacional. El mercado único ha supuesto un giro decisivo en la política común de transportes. Desde el Libro Blanco de 2001 (revisado en 2006), esta política se ha orientado hacia el desarrollo armonizado y coherente de los distintos medios de transporte, sobretodo mediante la comodalidad, es decir, la utilización de cada uno de los medios de transporte (terrestre, marítimo o aéreo) de la forma más eficiente (Sintesis de la legislaciòn de la UE. Transportes)

 Pues, siendo el transporte el pionero de las estas "primeras politicas comunes" puede explicar, a los que tienen menos capacidad de profundizar las cosas, por que las cosas en este dominio andan como un niño que tiene 1 año y dos-tres meses de edad. Las cosas se van a arreglar con el tiempo pero, hasta entonces pagamos factura los que menos culpa tenemos; las cobayas de este nuevo (tan necesario y bienvenido) experimento, los mas incapsulados seres entre los seres (no solo) humanos.... leer mas

jueves, 11 de julio de 2013

Visiòn & Vista

He empezado yo una complicada operaciòn, intentando separar esto "ser" bicefalico, constituido por "vision" and "vista" (complicaciòn analogica a la situacion de el Chang y Eng Bunker, o mucho mas cerca como grado de complicaciòn de el caso Abigail y Brittany Hensel), aunque el "ser" Vision & Vista cumple los requisitos de estar (por un punto de vista) "persona de existencia ideal" y las personas Chang & Eng o Abigail & Britanny cumplen conlos requisitos para el concepto "persona de existencia real".

La "operaciòn" (quirurgica) no es facil. Si quieres ver este trabajo sobre su marcha entra en mi taller y ... lo ves en desarrollo, (por que se ha completado ya la etapa embrionaria) hasta antes de que se produzca el nacimiento.

lunes, 8 de julio de 2013

El laboralista - incalificado para operar "transporte por carretera"

Aunque entre el concepto "empresa" y el concepto "empresa de transporte" es una diferencia como entre una "bomba clasica" y una "bomba nuclear" se pone a detonar tal ... artefacto, y el que sabe de la existencia de el concepto "trabajador movil", y el que considera a el "chofer" como "un trabajador como cualquiera".
Pues, si seria como cualquiera entonces cualquiera trabajaba bajo el imperio de el tacografo.
Sin saber interpretar loe registros de tacografo, sin entender el "mecanismo" a este regimen especial como puede un laboralista preparar una defensa cualificada?
Sin relaciònar entre las diferentes componentes, de las diferentes diferentes planes, que constituien la actividad laboral de un tal sujeto que vive bajo la cupula de la legislaciòn tacografera como (y quien) puede hacer una conclusiòn cualificada.
Si hacemos analogia con la medicina es como un medico de cabecera se pone a hacer operaciones quirurgicas. Es verdad que aqui, en este regimen especial que pertenece, en primero lugar a el Derecho laboral, no quedan rastros (visibles).
En el lenguaje juridico, entiendo yo de a ... wikipedia que esta forma de activar se denomina "intrusismo profesional".


¿Por que yo, la misma persona hoy como ayer, cuando trabajo de albañil no me paso de horas (aunque no me esta multando nadie si me paso) y cuando trabajo como "camionero" me paso de horas (aunque una multa es mucho mas grande que el sueldo por 2-3 meses?
Se supone que todo lo que hace el ser humano debe de tener algun razonamiento logico. ¿Por que, si en el capitulo "responsabilidad empresa de transporte(1. Las empresas de transporte no remunerarán a los conductores asalariados o que estén a su servicio, incluso mediante concesión de primas o incrementos salariales, en función de las distancias recorridas o del volumen de las mercancías transportadas, si dichas remuneraciones fueran de tal naturaleza que pudiesen comprometer la seguridad en carretera y/o fomentar las infracciones de las disposiciones del presente Reglamento) del Reglamento 561 y si en "Salario" (El salario o remuneración, es el pago que recibe en forma periódica un trabajador de su empleador a cambio del trabajo para el que fue contratado.
 El empleado recibe un salario a cambio de poner su trabajo a disposición del empleador, con independencia de que se le asignen o no labores concretas. Es ésta la obligación principal de su relación contractual
) del. Derecho laboral dice que de cualquier forma (si le asignen o no labores concretas), pues, por que tipo de motivaciòn (intrinseca o extrinseca?) trabaja un empleado en transporte por carretera. Hace limosna con el empleador solo para perder puntos y pagar multas?

Para mi es increible que tantos profesionales que pertenecen a el componente juridico de la Sociedad no pueden hacer la diferencia que debe hacerce en este caso de confusiòn. Si el tiempo me permite tratare en una pagina separada, a mi manera, sobre el concepto "persona juridica".
 

domingo, 7 de julio de 2013

Primer camionero condenado por alterar el tacografo

Primera condena en Galicia a un camionero por alterar un tacografo

Conductores profesionales del transporte español ...


A ver. Por primero que juridicamente no existe el termino "transportista" que puede ser relacionado con estos sucesos.
Si se trata de un "autonomo" hablamos de un 50% culpa individual y 50% es culpa de la Sociedad (por el mal gestionamiento del sector)
. Pero si se trata de un "trabajador movil" la injusticia que hace la Sociedad es muy grave. En este caso la culpa es 69% de parte de la Sociedad, 30% de parte de el empleador y solo 1% es (como maximo) la culpa de el empleado. La Sociedad parece que se ha vuelto loca. Ella misma esta desequipando a la persona que firma un contrato individual de trabajo de la "autonomia de la voluntad" integrandole en un regimen de dependencia y de ajenidad y, por otro lado pide responsabilidad a el que menos tiene. Quien gana de la manipulaciòn del tacografo. Si cogia la Sociedad los dineros que se producen en las horas extras en el transporte, estaba rica. Pero asi, la Sociedad saca dinero del bolsillo del empleado y mete en el bolsillo del empleador. Gratis? No, sino pagado este "servicio" por los ... contribuyentes.

viernes, 5 de julio de 2013

La "laguna juridica" en el mundo tacografero esta en su casa

El nuevo "pais" nacido y bautisado como "Union Europea" no ha llegado a la pubertad.
A través de la historia, el destino y la corona de un país a menudo quedó remitido a las tiernas manos de un niño o adolescente. Recordemos a los monarcas que se vieron coronados cuando en realidad debieron haber estado jugando, lactando o soñando (Niños que gobernaron en el Mundo).
Algo parecido (pero mucho mas grave) pasa y con Europa.
A pesar de el hecho que hay muchos (muy bien intencionados) obstetricos que velan que a cabo de el largo nacimiento de este coloso, nos alegramos de un niño limpio y sano, hay mucha gente que aprovecha a tope la falta de experiencia de este tan esperado (por lo menos por mi) "niño" (que nacio "en vitro").
Creciendo, se va enterar de los desperfectos que hay y va correctar, poquito a poco las cosas. Pero ... mientras tanto, los remeros de esta nave pagamos de forma mas dura, como unos verdaderos galeotes.
Esta existente "laguna juridica" en el mundo del transporte profesiònal, por sus dimensiònes ya no es "laguna" sino es un "oceano".
La paradoja es que ... no es una "laguna juridica" a modo propio (por que la legislacion ... existe) sino es una "laguna juridica" resultada por omision en la aplicaciòn de el ordenamiento juridico.
La Sociedad ha cultivado en el "transporte profesiònal" una pedagogia absurda.
En ciencias, una prueba es un hecho conjeturado por alguna teoría cuya presencia o ausencia solo es compatible con determinada(s) teoría(s) científica(s). Así las pruebas permiten discriminar qué teorías científicas pueden dar cuenta adecuadamente de cierto conjunto de hechos y cuáles no. La evidencia científica es un conocimiento objetivo, verificable y reproducible".

Pues, en el mundo del transporte profesional la Sociedad misma (por sus autorizados legales) ha ultivado la destrucciòn sistemica de cualquier prueba, admitiendo solo las pruebas que desea ver.
De esta forma, es imposible hacerce corecciones, es imposible tomarse medidas bajo el conocimiento de causa.
Si cualquier determinado sujeto autorizado a desarollar  su actividad bajo el control del tacografo no esconde con cuidad lo que sobresale de lo que la legislaciòn indica ser cumplido, esta tremedamente castigado (aunque el desperfecto no viene por motivaciòn intrinseca sino por causas que infringe su voluntad).

En este dominio (transporte por carretera) la relacion laboral es perfectamente analogica con la de "trabajador domestico"(empleadas de hogar) con la diferencia añadida que en el "transporte por carretera" el ... "hogar" no es inmobil sino es ... el mas movil (sobre superficie terrestre) "hogar" posible.
Y en el "transporte por carretera" hay dos clases principales de tales "empleados de hogar": "internos" y "externos" (corespondiendo con las denominaciones utilisadas por la Directiva 15/ 2002 CE : "trabajador movil" y "autonomo").

Los trabajadores domésticos, a diferencia de los siervos y de los esclavos, reciben un salario, ya sea en especie (cama, alimentos, ropa), ya sea en metálico (retribución económica) o ambas cosas, y pueden renunciar a su trabajo. Esto último es relativo ya que los trabajadores domésticos carecen, la mayoría de las veces, de bienes con los que emprender una vida independiente. En el caso de los trabajadores domésticos emigrantes sus derechos generales están muy restringidos al estar sometidos al permiso de trabajo o permiso de residencia y visas.

A este tipo de trabajo se ha introducido (bien) el sistema de control por tacografo pero se ha procedido mal (por error provocado por el desconocimiento o, intencionado) a pedir responsabilidades a los "internos" ("autonomia de la voluntad", ausente) en igual manera como a los "externos".
Aunque el "interno" es sujeto a el Derecho laboral, especificado como en regimen de "dependencia" y "ajenidad"

Yo soy uno de los que han comido este trabajo y en variante digna de asalariado (aunque en una sociedad comunista) con estatuto semejante a el concepto empleado publico, y en la variante de "empleado de hogar en España 





¡Perdona la molestia. Articulo en construcciòn! ...